16 Sep Expedientes sancionadores por el incumplimiento de la obligación de depositar cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Como ya sabrá por diversos medios informativos, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), organismo dependiente del Ministerio de Economía ha iniciado una campaña de apertura de expedientes sancionadores a sociedades que no han cumplido con la obligación de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Aunque El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas siempre ha tenido la posibilidad de sancionar el incumplimiento del deber por parte de las sociedades mercantiles de depositar de las cuentas anuales en el Registro Mercantil, hasta ahora no había ejercido este derecho.
No obstante, el ICAC ha iniciado en la actualidad una campaña de apertura de expedientes sancionadores a aquellas entidades que no cumplen con la obligación de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Este incumplimiento viene regulado en el artículo 283 del TRLSC, por el que se prevén sanciones económicas por importe de entre 1.200 € y 60.000 €
En el caso de sociedades con un volumen de facturación anual superior a 6.000.000 €, el límite máximo se eleva a 300.000 €
Intercambio de información
Al finalizar cada año, los Registradores Mercantiles remitirán a la Dirección General de los Registros y del Notariado y esta a su vez al ICAC, una relación alfabética de aquellas sociedades que no hubieran cumplido con la obligación de depósito de las cuentas anuales, para la incoación del correspondiente expediente sancionador.
Consecuencias de no presentar en plazo las cuentas anuales
- Las sanciones económicas comentadas con anterioridad.
- Cierre registral de la sociedad y en consecuencia, la imposibilidad de inscribir en el Registro Mercantil ningún documento referido a la misma mientras el incumplimiento persista.
- Responsabilidad del administrador, que deberá responder frente a la sociedad, los socios y los acreedores sociales de los daños y perjuicios que cause por no haber cumplido los deberes inherentes de su cargo, entre los que están el depósito de cuentas en el Registro Mercantil.
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