20 Feb CIRCULAR INFORMATIVA CONVENIO COLECTIVO AGENCIAS DE VIAJES
Retribución variable mayo 2025
Estimados clientes,
Les recordamos, a fin de que puedan preverlo en sus presupuestos anuales, que según dispone el art. 39 del Convenio Colectivo de Agencias de Viajes en el supuesto de que en el año 2024 se produzca una reactivación económica y se alcance los niveles de índice de cifra de negocio del año 2019 más 3,25 puntos, la empresa tiene obligación de generar una retribución/bonus extraordinario a todos los trabajadores consistente en un único pago no consolidable (es decir, que no formará parte del salario del trabajador en un futuro) del 1,5% calculado sobre el salario base y el plus de transportes/teletrabajo de cada trabajador.
Teniendo en cuenta que el INE publica la información con tres meses de diferencia, el dato completo de 2024 no se tendrá hasta abril del 2025, por lo que todavía no hay certeza de que la obligación vaya a producirse.
En todo caso, de devengarse el pago, el abono deberá realizarse antes del 31 de mayo de 2025, y en caso de impago, el trabajador dispondrá de un año de prescripción desde el 1 de junio de 2025 para reclamar las cantidades a la empresa.
Desde CLM os informaremos, en el mes de abril, del efectivo devengo o no del bonus extraordinario, según lo expuesto.
Como siempre, en CLM ASESORES estamos a su disposición para contactar con nosotros si desea trasladarnos cualquier duda o aclaración al respecto.

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